Nueva regulación de las áreas de autocaravana en Andalucía

Actualidad, El sector

La Junta de Andalucía regula las áreas de autocaravanas privadas, como una nueva figura específica de establecimiento de acampada para autocaravanas, dentro de su nuevo Proyecto de Decreto sobre campamentos de turismo, siguiendo el camino que ya han realizado otras comunidades, como el País Vasco, Navarra o la Comunidad Valenciana.

Foto Superior: Área de autocaravanas de Olvera, Cádiz  © On Road Magazine

El autocaravanismo no ha dejado de crecer a pasos agigantados durante los últimos años, un hecho que no ha pasado desapercibido por algunas Comunidades Autónomas, como la de Castilla y León, que han decidido apostar por él para dinamizar el turismo de la región, sin tener que hacer para ello una inversión excesivamente elevada. En otras, como es el caso de Andalucía, también los empresarios han decidido apostar por este tipo de turismo, creando una red de establecimientos destinados para las autocaravanas.

El problema surge cuando este tipo de establecimiento, que todos conocemos como «áreas privadas de autocaravanas» y para el cual no existe ninguna normativa que los regule, choca directamente con los intereses de los ya existentes, «los campings», lo cual está obligando a que las distintas comunidades empiecen a adaptar sus Reglamentos de Turismo de Acampada para incorporar este nuevo tipo de establecimiento. En esta ocasión ha sido la Junta de Andalucía quien se ha puesto manos a la obra, pero como dice el refrán, “no siempre llueve a gusto de todos”.

Regulación autonómica de las áreas

Este mes de enero se cumple justamente un año del proceso de participación pública iniciado por la Junta de Andalucía, para la redacción del nuevo Proyecto de Decreto sobre campamentos de turismo cuyo objetivo, entre otros, era la regulación de una nueva figura específica de acampada para autocaravanas. Se trata de un camino que ya iniciaron otras comunidades, como el País Vasco, Navarra o la Comunidad Valenciana, y en el que se encuentran inmersos algunas otras, como Asturias o Cataluña.

Foto Superior: Área de autocaravanas de Olvera, Cádiz  © On Road Magazine

Sin embargo, el autocaravanismo no es algo ajeno para la comunidad andaluza pues, ya en septiembre de 2012, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, redactó un modelo de Ordenanza Municipal de autocaravanas que ya recogía esta forma de hacer turismo. Dicho modelo de Ordenanza ya especificaba la diferencia entre «zonas de estacionamiento, puntos de reciclaje y áreas de servicio», una sutil y pequeña diferencia con la que todos deberíamos comenzar a familiarizarnos.

El Proyecto de Decreto al detalle

Finalmente y tras varios borradores, el Proyecto de Decreto para la Ordenación de los Campamentos de Turismo en Andalucía ha visto la luz, si bien todavía se encuentra en periodo de alegaciones. Repasamos el texto y respiramos con tranquilidad al ver que, en el punto 4 de su Artículo 1: «se excluye de su ámbito de aplicación, las zonas de estacionamiento para autocaravanas, en vías urbanas, que se regulan a través de Ordenanza Municipal, y en vías interurbanas, que atienden a lo dispuesto en el Reglamento General de Circulación».

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El nuevo Reglamento especifica dos grupos de campamentos de turismo: los campings y las áreas de pernocta para autocaravanas. Para este segundo caso existe únicamente una categoría, y los define como «campamentos destinados a la acogida y acampada de autocaravanas, caravanas o campers en tránsito, y a sus ocupantes, para su descanso y mantenimiento del propio vehículo», entendiendo que está acampada aquella autocaravana, caravana o camper que amplíe su perímetro de estacionamiento mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella.

Foto Superior: Parking de autocaravanas  © On Road Magazine

Requisitos mínimos

El Proyecto de Decreto andaluz establece la obligatoriedad de que las áreas de pernocta dispongan de unos requisitos básicos, como una recepción, viales de circulación con un ancho mínimo de ocho metros, y una zona de pernocta dividida en parcelas, las cuales tendrán una superficie de 40 m² en el 70% de los casos y de 28 m² en el resto, con sus vértices bien señalados, el firme aplanado y asfaltado o compactado.

También se establece una zona de muelle por cada 40 parcelas o fracción, que debe contar con una superficie mínima de 32 m², una rejilla para el vaciado de grises, un grifo de rosca para el suministro de agua de consumo e iluminación específica, y un punto limpio por cada 20 parcelas o fracción, que puede estar junto al muelle, y que dispondrá de un sistema diferenciado para las aguas grises y negras, una pila para el enjuague del depósito y una toma de agua potable.

¿Camping low-cost?

Sin embargo, el reglamento va un paso más allá exigiendo que el 50% de las parcelas dispongan de sombra natural o artificial, que todas las parcelas tengan toma eléctrica, y bloques sanitarios por cada 20 parcelas, un fregadero por cada 30 parcelas, zona de Wifi e incluso una zona recreativa con mesas y bancos. Se trata de unas instalaciones que, si bien pueden ser útiles, consideramos una exigencia excesiva pues, en muchos casos, se trata de elementos de los que ya disponemos en nuestros propios vehículos, y que acercan demasiado el modelo del área que proponen al de cualquier establecimiento de camping, haciendo que nos planteemos de qué serviría entonces su implantación.

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Requisitos también para los campings

Afortunadamente, el Proyecto de Decreto andaluz también añade exigencias a los establecimientos de camping que admitan autocaravanas, obligándoles a cumplir con los mismos requisitos señalados para las áreas de autocaravanas, en lo relativo al tamaño de las plazas, y la dotación de muelles y puntos limpios. Asimismo, señala la posibilidad de que los propios establecimientos de camping creen áreas de pernocta para autocaravanas en una zona anexa al perímetro del camping, con entrada independiente, pero compartiendo la recepción y otros servicios complementarios, siempre que estas estén situadas a menos de 400 metros del camping y sean explotadas por el mismo titular, un aspecto muy importante y que, como ya indicamos hace tiempo, favorecería la adaptación de los campings.

Foto Superior: Parking de autocaravanas   © On Road Magazine

Nunca llueve a gusto de todos

Solo nos ha hecho falta leer el texto del Proyecto de Decreto andaluz, para saber que los propietarios de las áreas privadas no estarían conformes con él, y no por todos los requisitos que éste exige, sino porque especifica que los vehículos únicamente podrán permanecer en el establecimiento un máximo de 72 horas. Y así fue, el pasado 28 de noviembre de 2017 la Asociación de Áreas Privadas de Autocaravanas (AAPA) anunció su intención de presentar alegaciones contra tal limitación, pues entienden que sus consecuencias serian muy negativas para el sector.

Se trata de una «limitación» de la que se lleva hablando mucho tiempo y de la que se seguirá hablando. Sin embargo, no creemos que sea el único aspecto que conviene concretar y revisar, pues reducir el «concepto de área» a este único modelo, es simplificar mucho un sector cuya diversidad es uno de sus aspectos más importantes, ya que existen otros lugares de pernocta, como los puertos, las granjas, las bodegas o cooperativas, e incluso cómodos aparcamientos urbanos, cuya explotación también se realiza de forma privada y ofrecen un beneficio mutuo para ambas partes.

En el caso que la regulación de todos las áreas continúe este camino, dichos establecimientos quedarían en el «limbo de la ley» pues, de aplicárseles estos absurdos requisitos, y terminarían desgraciadamente por desaparecer.

Reportaje publicado en el Magazine 69, en enero de 2018. 

Conrado Rodríguez

Director

Ingeniero y autocaravanista, fiel defensor de los viajes en autocaravana con total libertad, siempre que ésta se realice con el máximo respeto del entorno y con un estricto cumplimiento de la normativa.

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